Esta cobertura ampara la pérdida de la vida o de miembros que sufra el conductor del vehículo descrito en la carátula de la Póliza, o de aquella persona que con el consentimiento expreso o tácito del asegurado, use el vehículo, siempre y cuando se haya ocasionado por un Accidente automovilístico o por cualquiera de los riesgos de la cobertura de daños materiales, así como que las lesiones corporales o la pérdida de la vida ocurran mientras se encuentre dentro del compartimiento, caseta o cabina destinada al transporte de personas.
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.