Con esta cobertura, la Aseguradora pagará los gastos médicos por concepto de hospitalización, medicinas, atención médica, enfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerarios originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado o cualquier persona ocupante del Vehículo, en accidentes de tránsito, ocurridos mientras éstos se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina del Vehículo, destinados al transporte de personas.
También quedarán cubiertos los gastos médicos por la atención que se dé al conductor y a los ocupantes del vehículo por lesiones ocurridas a consecuencia del robo total del vehículo con uso de violencia, mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina del mismo, destinados al transporte de personas.
Fuente:CONDUSEF, Diplomado en Seguros, Módulo 3, p. 34 – 35.
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