El Capítulo VI (artículos 151 a 161) de la Ley sobre el Contrato de Seguro, contempla el seguro de caución, el cual es un producto de reciente aparición en el mercado y en la regulación mexicana a raíz de la entrada en vigor de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF), publicada en el DOF el 4 de abril de 2015, y siempre se otorgará por una compañía de seguros autorizada para tal efecto, excluyendo en todo momento las obligaciones relacionadas con contratos de naturaleza financiera.
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.