1. La responsabilidad civil del Asegurado por lesiones corporales o la muerte de: ● Ocupantes del Vehículo asegurado, a menos que se haya contratado la cobertura específica. ● El cónyuge o personas que tengan parentesco en línea recta ascendente o descendente o en línea transversal hasta el primer grado con el Asegurado o conductor del Vehículo asegurado.
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.