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Mostrando las entradas etiquetadas como Siniestro

Coberturas de pérdidas consecuenciales. Reducción de Ingresos por Interrupción de Actividades Comerciales

  Cubre la pérdida real sufrida por el Asegurado a causa de la interrupción necesaria de sus actividades comerciales como consecuencia directa de la destrucción o daño de los bienes que constituyen el negocio asegurado, hasta la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza.

Coberturas de pérdidas consecuenciales. Gastos Extraordinarios. Negocios Comerciales o Industriales

  Ampara el importe de los gastos extraordinarios necesarios en que incurra el asegurado con el fin de continuar, en caso de siniestro, con las operaciones normales de la empresa asegurada. Sin embargo, la indemnización no excederá del reembolso de los gastos efectivamente realizados, debidamente comprobados, con el límite máximo de responsabilidad estipulado en la carátula por un período de restauración máximo de seis meses.

Coberturas de pérdidas consecuenciales. Remoción de escombro

  En caso de siniestro indemnizable y de haberse contratado esta cobertura, se cubren los gastos que son necesarios erogar para remover los escombros de los bienes afectados como son: desmontaje, demolición, limpieza o acarreos, y los que necesariamente tengan que llevarse a cabo para que los bienes asegurados o dañados queden en condiciones de reparación o reconstrucción.  

Seguro de automóviles. Exclusiones particulares de la cobertura Defensa Jurídica, Asistencia Legal y Pago de Fianza

  ● Cuando en el siniestro surja un delito diferente a los motivados por el tránsito de vehículos y/o el conductor, y cause algún delito reconocido por la autoridad como doloso y/o intencional.   ● Cuando el conductor realice arreglos o pagos sin haber consultado o contar previamente con la autorización del área de defensa legal.

Concurrencia de seguros

  La concurrencia de seguros sucede cuando un mismo objeto está protegido por varios seguros del mismo tipo. Esto daría a su propietario la posibilidad de recibir en caso de percance una compensación que superaría el valor real del objeto y, por lo tanto, existiría un lucro para el asegurado.

Cobertura y exclusiones del contrato de seguro

  La cobertura de un seguro es el compromiso asumido por la institución de seguros de pagar una indemnización al asegurado (o a sus beneficiarios), con el objetivo de reparar las consecuencias de un siniestro.

Coaseguro

  En el seguro de gastos médicos mayores, además, existe otra figura denominada coaseguro, que no es otra cosa más que la participación a cargo del asegurado en los gastos totales a consecuencia del siniestro; esta participación se establecerá en porcentaje en la caratula de la póliza y se aplicará una vez descontado el deducible.

El deducible

  Es la participación del asegurado en la perdida ocasionada por el siniestro y tiene como finalidad que el asegurado haga todo lo que esté a su alcance para evitar que acontezca el siniestro.

La indemnización

  Se define como resarcir un daño o pagar la suma de dinero a que está obligada contractualmente la aseguradora a consecuencia de la realización de un siniestro, y cuyo fin es el de conseguir la compensación económica del patrimonio del asegurado o beneficiario afectado por la realización del mismo, ya sea a través de una sustitución de los objetos dañados, mediante la entrega de una cantidad equivalente a los bienes afectados o la reparación de la cosa asegurada según sea el caso.

Clases de siniestro

  1. Según el grado de intensidad del daño producido. a. Siniestro Total. Se da este nombre a aquél cuyas consecuencias han afectado a la totalidad del objeto asegurado, destruyéndolo completamente.   b. Siniestro Parcial. Es aquél cuyas consecuencias sólo afectan a parte del objeto asegurado, sin destruirlo completamente.

El siniestro

  Es un elemento clave en el contrato de seguro y se define como la realización material del interés asegurado o bien se ha producido alguno de los hechos asegurados que se contemplan en la póliza de seguros.

Elementos materiales del seguro

El contrato se define como el acuerdo de voluntades de dos o más personas que produce la creación o transmisión de derechos y obligaciones. Ahora bien, el artículo primero de la Ley Sobre el Contrato de Seguro señala que por el contrato de seguro, la empresa aseguradora se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato.

Seguro de vida

  Protege a tu familia en caso de que llegues a hacer falta.   ¿Qué es? Es un instrumento financiero por el cual se da una suma asegurada por fallecimiento, invalidez o supervivencia debido a algún siniestro.  

¿Qué es el riesgo?

De acuerdo con la Real Academia Española el riesgo es la “Contingencia o proximidad de un daño”.   La “International Organization for Standarization” (ISO) define al riesgo como la “combinación de la probabilidad de un evento y su consecuencia”, también se define como el acontecimiento futuro, posible e incierto, de naturaleza aleatoria y cuya materialización “siniestro” causa un daño concreto respecto a las personas o respecto a sus bienes.

Viaja seguro, viaja feliz

  Antes de que te aventures a tomar el primer vuelo al lugar de tus sueños y a hacer tus maletas, es importante que consideres la contratación de algún seguro de viaje o de viajero, ya que, aunque no lo creas hay ocasiones en las que incluso lo solicitan de manera obligatoria.

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