La comisión mercantil es un tipo de contrato de mandato utilizado para la celebración de ciertos actos de comercial, por el cual un comisionista se compromete a realizar un acto u operación mercantil por cuenta y encargo de otro, llamado comitente, siendo responsable de los resultados y percibiendo una remuneración por su conclusión llamada comisión . Este contrato se encuentra regulado por los artículos 273 al 308 del Código de Comercio.
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.