El acto de compraventa consiste en la transmisión del derecho de propiedad sobre una cosa o derecho otorgado por el vendedor y la obligación de pagar por ello un precio cierto y en dinero por quien lo recibe llamado comprador. Naturaleza Jurídica. Como en el contrato del préstamo, la calificación de la mercantilidad de la compra – venta depende según los casos, de la intención, finalidad o calidad de los sujetos que intervienen y de la cosa vendida. La compraventa puede ser de naturaleza civil, mercantil o mixta, es decir, puede ser civil para uno y mercantil para otro. Consta en un documento llamado contrato en el cual se especifican los derechos y obligaciones de cada una de las partes.
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.