Es el documento elaborado tanto por el actuario certificado como por el dictaminador jurídico con la finalidad de constatar la coherencia que existe entre la nota técnica y la documentación contractual, así como que el producto no contravenga alguna norma aplicable. El dictamen deberá ser elaborado y firmado electrónicamente por ambos profesionistas y deberá contener la siguiente leyenda:
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.