Las instituciones de seguros, de conformidad con lo establecido con el artículo 208 de la Ley de Instituciones de Seguros Financieros, deberán registrar y/o actualizar las tarifas que cobran de los productos básicos estandarizados que ofertan, así mismo deberán tener actualizados los teléfonos de contacto y de correo electrónico donde los interesados podrán obtener información por parte de la institución de seguros.
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.