Son contratos Ad Hoc que las Instituciones de Seguros elaboran de acuerdo con lo solicitado por el contratante, es decir la aseguradora le hace un “traje a la medida” de acuerdo con las necesidades del cliente. Por lo tanto, una de las características principales de los contratos de no Adhesión es que solo existe uno, ya que al existir dos o más, nos encontramos ante un contrato de adhesión, razón por la cual este tipo de contratos no se registran en el RECAS (Registro de Contratos de Adhesión de Seguros).
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.