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Mostrando las entradas etiquetadas como Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas

Seguros. Accidentes y Enfermedades

  Las Instituciones de Seguros que operan Accidentes y Enfermedades de acuerdo con el Artículo 25, fracción II de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, pueden manejar cualquiera de los siguientes ramos: De acuerdo con las cifras de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), al 30 de junio de 20205, la operación de Accidentes y Enfermedades registró un crecimiento real anual total de 9.8% impulsado principalmente por el Ramo de:   i) Gastos Médicos 10.2% ii) Accidentes Personales con el - 0.3 iii) Salud con el - 0.1%. El crecimiento en esta Operación fue principalmente impulsado por Instituciones Aseguradoras como GNP, AXA Seguros y MetLife México. Fuente: CONDUSEF, Diplomado en Seguros, Módulo 3, p. 111 – 112.

Tipos de Fianzas

  Tratándose de Fianzas, la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas (LISF) en su artículo 36, ha clasificado los diferentes tipos de fianzas que se pueden otorgar en Ramos y Subramos, de acuerdo a lo siguiente:

Garantías: Fianzas y seguro de caución

  Desde hace más de un siglo existe en nuestro país el servicio conocido como Fianza, que es un instrumento de garantía cuya principal función es respaldar el correcto cumplimiento de las obligaciones y que ha sido operado por instituciones altamente especializadas que cuentan con la autorización y la supervisión de la SHCP y la CNSF.

Disposiciones de carácter general para el Registro de Contratos de Adhesión de Seguros

  Estas disposiciones tienen su origen en el artículo 204, último párrafo, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF), donde se establece que las Instituciones de Seguros deberán remitir a la CONDUSEF, los modelos de Contratos de Adhesión que utilizan en la comercialización y formalización de sus productos de seguros, a fin de integrar un Registro de Contratos de Adhesión de Seguros (RECAS) que pueda ser consultado por el público en general.

Organismos autorizados por la LISF

  Los organismos autorizados en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas y sus principales objetivos en relación con los seguros:   Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Dependencia competente para interpretar, aplicar y resolver para efectos administrativos, lo relacionado con los preceptos de la Ley en la materia, así como procurar un desarrollo equilibrado de los sistemas asegurador y afianzador, y una competencia sana entre las Instituciones que los integran.

Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas

  El 4 de abril del 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF), misma que entró en vigor 2 años después, el 4 de abril de 2015.

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