Es aquel contrato civil, celebrado entre dos partes, por el que una de las partes se obliga a transmitir a otra la propiedad de una cosa (mueble o inmueble) , con el fin de que ésta, a su vez, se obligue a transmitirle la propiedad de otra cosa. Características. · Es consensual. Se perfecciona por el consentimiento, sin necesidad de entregar una y otra cosa.
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.