Son aquellos elaborados unilateralmente en formatos por la Institución de Seguros en los que se establecen los términos y condiciones aplicables a la contratación de un seguro. Dichos contratos, no pueden ser modificados, de persona a persona, de manera que son adoptados por los usuarios interesados en adquirir un seguro determinado.
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.