Cuando los bienes asegurados fueren dañados o destruidos por algún riesgo contratado y esta cobertura se señale en la carátula de la póliza, la Aseguradora reembolsará los gastos erogados por el Asegurado por concepto de renta de casa o departamento, casa de huéspedes u hotel; así como los gastos de mudanza, seguro de transporte del menaje de casa y almacenaje del mismo, debidamente comprobados hasta el límite máximo de responsabilidad y por el período de indemnización contratado, en la medida que sean necesarios para que el Asegurado se reinstale.
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.