Las Instituciones de Seguros que operan Accidentes y Enfermedades de acuerdo con el Artículo 25, fracción II de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, pueden manejar cualquiera de los siguientes ramos: De acuerdo con las cifras de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), al 30 de junio de 20205, la operación de Accidentes y Enfermedades registró un crecimiento real anual total de 9.8% impulsado principalmente por el Ramo de: i) Gastos Médicos 10.2% ii) Accidentes Personales con el - 0.3 iii) Salud con el - 0.1%. El crecimiento en esta Operación fue principalmente impulsado por Instituciones Aseguradoras como GNP, AXA Seguros y MetLife México. Fuente: CONDUSEF, Diplomado en Seguros, Módulo 3, p. 111 – 112.
Coberturas de pérdidas consecuenciales. Reducción de Ingresos por Interrupción de Actividades Comerciales
Cubre la pérdida real sufrida por el Asegurado a causa de la interrupción necesaria de sus actividades comerciales como consecuencia directa de la destrucción o daño de los bienes que constituyen el negocio asegurado, hasta la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza.