Estas disposiciones tienen su origen en el artículo 204, último párrafo, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF), donde se establece que las Instituciones de Seguros deberán remitir a la CONDUSEF, los modelos de Contratos de Adhesión que utilizan en la comercialización y formalización de sus productos de seguros, a fin de integrar un Registro de Contratos de Adhesión de Seguros (RECAS) que pueda ser consultado por el público en general.
Se define como accidente (del latín accĭdens, -entis), como un suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos). El accidente es la consecuencia de una negligencia al tomar en cuenta los factores de riesgo o las posibles consecuencias de una acción tomada.