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Seguros derivados de un producto hipotecario. Riesgos excluidos

 

a. Errores en diseño, proceso o manufactura, materiales defectuosos, pruebas, reparación, mantenimiento, limpieza, restauración, alteraciones, modificaciones o servicios, a menos que se produzca incendio o explosión. 

b. Omisión y/o Negligencia.

c. Asentamiento, hundimiento, derrumbe, contracción o expansión de cimientos, muros, pisos y techos, a menos que tal pérdida o daño resulte por cualquiera de los riesgos siguientes y no se encuentren expresamente excluidos: Incendio, Explosión, huracán, granizo, ciclón, vientos tempestuosos, terremoto y/o erupción volcánica y asentamientos normales no repentinos. 

d. Reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radioactiva. 

e. Hostilidades, actividades u operaciones de guerra declarada o no, invasión de enemigo extranjero, guerra intestina, revolución, rebelión insurrección, suspensión de garantías acontecimientos que originan esas situaciones de hecho o de derecho, así como terrorismo. 

f. Nacionalización, confiscación, requisa o destrucción por orden de la autoridad, salvo que dicha destrucción sea ordenada para evitar la propagación de un siniestro no excluido o por un deber de humanidad. 

g. Riesgos de contrabando o de comercio ilegal. 

h. Robo, fraude o abuso de confianza, independientemente de que el autor sea o no empleado del asegurado. 

i. Desaparición misteriosa o faltantes de inventario. 

j. Acto u omisión dolosa realizada por el asegurado o por sus empleados (estén trabajando o no) o por cualquier persona autorizada para actuar por el asegurado. 

k. Por fermentación, vicio propio o por cualquier procedimiento de calefacción o desecación al cual hubiere sometido los bienes, a menos que el daño sea causado por cualquiera de los riesgos amparados. 

l. Combustión espontánea. 

m. Congelamiento, escapes o inundación proveniente de plomería, calefacción, aire acondicionado o cualquier otro equipo o aparato eléctrico en una edificación desocupada. 

n. Demoras y pérdidas de uso o el hecho de que el asegurado ya no pueda vender o utilizar el bien, salvo por lo específicamente dispuesto en las coberturas adicionales de rendimiento del negocio y gastos extras. 

o. Plagas y depredadores. 

p. Desgaste por uso, deterioro, óxido, corrosión, estropeo o rasguño, pérdida de peso, mermas, rajaduras, putrefacción humedad o seca y moho. 

q. Polución y contaminación (presencia, liberación, descarga, o dispersión de agentes contaminantes). 

r. Daños mecánicos, eléctricos, electrónicos o electromecánicos en maquinaria y equipo, así como daños en máquinas, aparatos o accesorios que se empleen para producir, transformar o utilizar corrientes eléctricas cuando dichos daños sean causados directamente a tales maquinas por las mismas corrientes, ya sean naturales o artificiales. 

s. Vicio inherente tales como amarillamiento o fraccionamiento de papel añejo. 

t. La patina que se forma en el bronce antiguo y la expansión de la madera bajo condiciones de humedad. 

u. Defectos latentes. 

v. Diseño, mano de obra y materiales defectuosos, incluyendo el costo de corregir cualquier falla en el diseño en la mano de obra, material y manufactura o instalación, modificación, reparación o trabajo en Bienes inmuebles y Bienes muebles amparados. 

w. Asentamiento, encogimiento, fraccionamiento, crecimiento o expansión de cualquier pavimento, edificación o estructura. 

x. Vandalismo y daño malicioso, siempre y cuando el bien asegurado haya estado desocupado por más de 60 días consecutivos inmediatamente antes de la pérdida. 

y. Pérdida o daño a bienes muebles amparados, por cambios de temperatura y humedad. 

z. Falla en el abastecimiento de agua, gas, electricidad, combustible o energía. 

aa. Asbesto, Incluyendo pérdida, daño o limpieza resultante de asbesto o de materiales que contengan asbesto. 

ab. Exigibilidad de cualquier ley, ordenanza u orden administrativa que reglamente la construcción, reparación o demolición de edificaciones o estructuras incluyendo el costo de remover escombros y cualquier costo para la prevención, reparación o limpieza de agentes contaminantes reales o potenciales. 

ac. Humo o tizne que emane de chimeneas o aparatos domésticos que se encuentren dentro del predio asegurado, cuando dichos aparatos carezcan de conducto para humo o chimeneas. 

ad. Daños por aguas subterráneas o freáticas que ocasionen filtraciones a través de la cimentación de los pisos o de los muros de contención o bien fracturas de dicha cimentación o de los muros; así mismo no quedan cubiertos obstrucciones, insuficiencias, deficiencias, roturas o cualquier otra causa de los sistemas de desagüe o por falta de dichos desagües. 

ae. Daños causados por tales o podas de árboles o cortes de ramas, efectuadas por el asegurado o bajo sus indicaciones.

Fuente:
CONDUSEF, Diplomado en Seguros, Módulo 3, p. 57 – 59.

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