b. Dinero en efectivo, cheques, giros postales, valores, comprobantes de tarjeta de crédito, timbres fiscales o postales, certificados, títulos, obligaciones u otros documentos negociables.
c. Alhajas y pedrería que no esté montada.
d. Papeles y registros valiosos, tales como libros de contabilidad o de comercio, escrituras, manuscritos, sumarios, esquemas, moldes y modelos, películas, mapas, cuya cobertura abarca exclusivamente el costo de reposición o reproducción.
e. Terrenos, esta exclusión no es aplicable a las mejoras efectuadas a los terrenos, tales como nivelaciones o pavimentaciones.
f. Camiones, Automóviles, Naves Aéreas y Embarcaciones, cualquier vehículo autorizado para uso en la vía pública, además de los vehículos acuáticos.
g. Bienes en Tránsito.
h. Cimientos y fundamentos que se encuentren bajo el nivel del suelo.
i. Calderas, tanques o aparatos que estén sujetos a presión y que sufran daños por su propia explosión.
j. Instalaciones, estructuras, muelles, equipos o instalaciones que se encuentren construidas total o parcialmente sobre el agua.
Fuente:CONDUSEF, Diplomado en Seguros, Módulo 3, p. 57.
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