Edificio y Contenidos (Cobertura Básica).
Los bienes asegurados pueden ser a:
Edificio. Se cubren los daños ocasionados a la construcción material de toda propiedad por las coberturas que se especifiquen en la carátula de póliza o el certificado individual, las cuales enunciamos más adelante.
Contenidos. Se pueden cubrir los bienes muebles propiedad del Asegurado o de cualquier miembro de la familia, que se encuentren dentro del hogar indicado en la carátula de póliza o el certificado individual, tales como: mobiliario, enseres domésticos, computadoras, televisores, estéreos, prendas de ropa, zapatos, bolsas y demás accesorios personales, objetos de arte, de difícil o imposible reposición, así como aquellos que por su propia naturaleza deban permanecer a la intemperie, tales como: calentadores de agua, tanque estacionario, equipo de aire acondicionado central o tipo ventana, antenas de radio y televisión de uso no comercial y sus accesorios.
También pueden ser cubiertos mediante solicitud expresa una vez fijada la suma asegurada y la prima correspondiente por separado, los siguientes bienes:
1. Maquinaria y/o equipo fijo y sus instalaciones que se encuentren total o parcialmente al aire libre o que se encuentren dentro de edificios que carezcan total o parcialmente de techos, puertas, ventanas o muros, siempre y cuando hayan sido diseñados específicamente para operar en estas condiciones y estén debidamente anclados.
2. Bienes fijos distintos a maquinaria que por su propia naturaleza estén a la intemperie, entendiéndose como tales aquellos que se encuentren fuera de edificios o dentro de edificios, en las áreas expuestas a los impactos directos de los fenómenos hidrometeorológicos por la falta total o parcial de techos, puertas, ventanas o muros, tales como:
a. Albercas, incluyendo el agua.
b. Caminos, andadores, calles, guarniciones o patios en el interior de
los predios del Asegurado.
c. Elementos de ornato y decorativos de áreas exteriores.
d. Instalaciones y/o canchas deportivas.
e. Luminarias.
f. Muros de contención de concreto armado, bardas, rejas y/o mallas
perimetrales y sus puertas o portones.
g. Palapas y pérgolas.
h. Sistemas de riego, incluyendo sus redes de tuberías.
i. Torres y antenas de transmisión y/o recepción.
j. Tanques o silos metálicos o de materiales plásticos.
k. Escaleras exteriores y cualquier otra construcción separada del
edificio o edificios que estén expresamente asegurados.
3. Bienes muebles o la porción del edificio en sótanos o semisótanos considerándose como tales: cualquier recinto donde la totalidad de sus muros perimetrales se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno.
4. Muros de contención debajo del nivel del piso más bajo, o muros de contención independientes.
Fuente:CONDUSEF, Diplomado en Seguros, Módulo 3, p. 55 – 56.
Comentarios
Publicar un comentario