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Seguro de Vida


El seguro de vida se caracteriza porque recae sobre los riesgos que pueden afectar a las personas en su existencia, integridad personal, salud, o vigor vital, donde el pago de la cantidad pactada en el contrato depende del fallecimiento o supervivencia del asegurado. 

En el seguro de vida el pago de la indemnización no guarda relación con el valor del daño producido por la ocurrencia del siniestro. Ello es lógico, debido a que la persona no es evaluable económicamente. De ahí que, en realidad, este tipo de seguros no constituya un contrato de indemnización propiamente dicho, diferenciándose así de los Seguros de Daños.

Fuente:
CONDUSEF, Diplomado en Seguros, Módulo 3, p. 1.

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