Circular Única de Seguros y Fianzas

 

La Circular Única de Seguros y Fianzas se emitió conforme a lo establecido en la Sexta de las Disposiciones Transitorias del Artículo Primero del “Decreto por el que se expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre el Contrato de Seguro”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de 2013, el cual determina que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas podrá emitir las disposiciones a que se refiere la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

En ese sentido, la Circular Única de Seguros y Fianzas es la norma que contiene las disposiciones derivadas de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, que dan operatividad a sus preceptos y sistematizan su integración, homologando la terminología utilizada, a fin de brindar con ello certeza jurídica en cuanto al marco normativo al que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, instituciones de fianzas y demás personas y entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas deberán sujetarse en el desarrollo de sus operaciones. 

Dicha circular consta de 41 numerales mismos que cubren diversos temas, siendo los más destacados los siguientes:

● Solicitud y otorgamiento de autorizaciones.

● Gobierno corporativo.

● Productos de seguros y de las notas técnicas.

● Uso de medios electrónicos para la operación de seguros y fianzas.

● Comercialización de productos de seguros de adhesión a través de medios electrónicos.

● Reservas técnicas.

● Reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia de riesgos y responsabilidades.

● Garantías de recuperación.

● Operación de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social.

● Operación de los seguros de salud.

● Operación de los seguros de crédito y de caución.

● Liquidación de instituciones y sociedades mutualistas.

● Agentes de seguros y de fianzas.

● Ajustadores de seguros.

Fuente:
CONDUSEF, Diplomado en Seguros, Módulo 2, p. 34.

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