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Seguros derivados de un producto hipotecario. Terremoto y/o erupción volcánica

 

Los bienes amparados bajo este riesgo quedan cubiertos contra daños materiales directos causados por terremoto y/o erupción volcánica. 

Los daños ocasionados por algún terremoto y/o erupción volcánica darán origen a una reclamación separada por cada uno de esos fenómenos; pero si varios de estos ocurren dentro de cualquier periodo de 72 horas consecutivas, se tendrán como un solo siniestro y los daños que causen deberán ser comprendidos en una sola reclamación.

Bienes excluidos en la cobertura Riesgo de Terremoto y/o Erupción Volcánica.

a. Suelo y terrenos. 

b. Cualquier clase de frescos o murales que con motivo de decoración o de ornamentación estén pintados o formen parte del edificio o edificios o construcciones aseguradas. 

c. Valor de mejoras (exigidas o no por autoridades) para dar mayor solidez al edificio o  para otros fines, en exceso de aquellas reparaciones necesarias para reponer los bienes al mismo estado en que se encontraban al momento del siniestro. 

Riesgos excluidos en la cobertura Terremoto y/o Erupción Volcánica.

a. Directa o indirectamente, próxima o remotamente por reacciones nucleares, radiaciones o contaminaciones radioactivas, ya sean controladas o no y sean o no como consecuencia de Terremoto y/o Erupción Volcánica. 

b. Por marejada, maremoto o inundación, aunque éstas fueren originadas por alguno de los peligros contra los cuales ampara este seguro. 

c. Por vibraciones o movimientos naturales del subsuelo que sean ajenos al terremoto, tales como hundimientos, desplazamientos y asentamientos normales no repentinos. 

Fuente:
CONDUSEF, Diplomado en Seguros, Módulo 3, p. 64 – 65.

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